mercredi 9 janvier 2013

El Colegio de Abogados de Guinea Ecuatorial a punto de ser expulsado de la Unión Internacional de Abogados (UIA)


En relación con la suspensión del abogado Ponciano Mbomio Nvo como represalias a su defensa en el caso del Doctor Wenceslao Mansogo, la Unión Internacional de Abogados pidió explicaciones al Colegio de Abogados de Guinea Ecuatorial, explicaciones que este no creyó necesario ofrecer. Actualmente, la UIA está contemplando dar una última advertencia al Colegio previniéndole de que podría causar baja.

Adjuntamos la 3ª carta producida sobre este caso:
 
CARTA N° 3:
Jean-Marie BURGUBURU
Presidente
Debevoise & Plimpton LLP 21, avenue George V
75008 Paris - France
Tél. : +33 1 40 73 12 12 / Fax : +33 1 47 20 50 82
E-mail : jmburguburu@debevoise.com
 
Sr. Decano del Colegio de Abogados de Guinea Ecuatorial
Juan Olo MBA NSENG
C/ Nigeria 643
MALABO – Guinea Ecuatorial
Transmisión por correo, e-mail y fax: +240 333 09 33 13, dominicaycarolina@yahoo.com
 
París, 3 de diciembre de 2012
 
Estimado Sr. Decano,
 
 Le escribimos previamente en dos ocasiones para hacerle partícipe de nuestra preocupación sobre el expediente que se ha instruido contra D. Ponciano Mbomio Nvó (véase nuestras cartas de 5 y 11 de junio de 2012 que adjuntamos a la presente para facilitar su recordatorio).
 
 Lamentamos que no haya habido, hasta la fecha, ninguna reacción por su parte sobre el contenido de nuestras comunicaciones y de las peticiones que se formulaban en las mismas.
 
Hemos tenido la fortuna de poder contar con el Sr. Mbomio entre los participantes al Congreso anual de la UIA que se ha celebrado recientemente (del 31 de Octubre al 3 de Noviembre) en Dresde, Alemania.
 
 Nuestro colega Mbomio ha tenido la oportunidad de exponer, más en detalle, su situación así como hacernos partícipes de las dificultades a las que debe hacer frente en el ejercicio legítimo de su profesión.
 
En el día de hoy, seguimos extremadamente preocupados por su situación a la vista del conjunto de elementos que nuestro compañero nos comunica y que obviamente no podemos sino considerar fidedignos habida cuenta la ausencia de respuesta por parte del Colegio cuya decisión se controvierte.
 
Además, hemos sido informados de que otros abogados parecen sufrir dificultades similares.
 
Hacemos especial referencia al Sr. Fabián Nsue Nguema liberado el 30 de octubre último después de haber estado detenido durante tres días en la prisión de Black Beach sin que las autoridades reconociesen su encarcelamiento. Permanecemos en alerta por su situación porque, según nuestras informaciones, habría sido objeto, en el año 2005, de una decisión de suspensión de un año por el Colegio en base a una infracción profesional (mala conducta) sin especificar. Hemos constatado que los observadores han denunciado el carácter político de la sanción.
 
Estamos también muy preocupados por la manera en que se encuentran estructurados los órganos del Colegio, en particular, sus órganos disciplinarios en cuyo seno miembros del ejecutivo y de la judicatura ocupan manifiestamente, y según las informaciones de las que disponemos, un papel preponderante. En el plano de los principios, una composición semejante pone en riesgo la independencia del Órgano citado. Constatamos además que, en este caso, la independencia se ve realmente cuestionada.
 
Como bien saben ustedes, los Estatutos de la UIA establecen el principio por el que pueden ser admitidos como miembros colectivos los Colegios u otras Organizaciones representativas siempre y cuando sus dirigentes sean libremente elegidos y respeten los objetivos de la UIA, a saber, en particular, la defensa de los abogados.
 
Consideramos que un miembro colectivo que se abstiene de responder a las preguntas de la asociación, en especial cuando éstas implican restricciones o prohibiciones al libre ejercicio de la profesión por uno de sus miembros individuales, falta a sus obligaciones como miembro y deja de cumplir con el objeto de la asociación.
 
En consecuencia, sin respuesta por parte del Colegio, consideraremos comunicar esta situación al Consejo de Presidencia y a la Asamblea de miembros de la asociación, incluyendo los Colegios de los países de vuestro entorno, previamente a la adopción de otras medidas si fuera necesario.
 
 Una vez más, insistimos en que la presente iniciativa no constituye de ninguna manera una intromisión en los asuntos del Colegio sino, simplemente, la expresión de la obligación de la UIA de hacer respetar los valores que protegen la “defensa de la defensa” y de la independencia de los Colegios de Abogados en concordancia y respeto con sus textos fundacionales.
 
 Desearíamos, por encima de todo, entablar con ustedes un diálogo sobre este asunto.
 
Aprovechando la ocasión para saludarle atentamente,
_________________________
Jean-Marie BURGUBURU
Presidente de la UIA
 
UIA – 25, rue du Jour – 75001 Paris (France), Association Loi 1901 n° W751207624
Tél. : +33 1 44 88 55 66 / Fax : +33 1 44 88 55 77 / E-mail : uiacentre@uianet.org / Web : www.uianet.org
 

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